viernes, 15 de marzo de 2024

 Derecho Penal Administrativo vs Derecho Penal Fiscal en México

En México, el entramado legal es vasto y complejo, y entre sus ramas destacan el Derecho Penal Administrativo y el Derecho Penal Fiscal. Ambos se ocupan de regular conductas ilícitas y establecen sanciones, pero su enfoque y ámbito de aplicación difieren sustancialmente. A continuación, exploraremos las diferencias clave entre estas dos áreas del derecho, con especial atención a sus conceptos, procedimientos y los artículos legales que fundamentan sus argumentos.

¿Qué es el Derecho Penal Administrativo?

El Derecho Penal Administrativo se centra en las infracciones cometidas por funcionarios públicos y particulares que interactúan con la administración pública, afectando el correcto funcionamiento de la misma. Esta rama del derecho busca garantizar la transparencia, eficacia y honestidad en la gestión pública, sancionando conductas como la corrupción, el abuso de autoridad, la malversación de fondos, entre otros.

Los procedimientos en el Derecho Penal Administrativo suelen iniciar con una investigación por parte de la entidad afectada o las autoridades competentes, siguiendo un proceso que puede culminar en sanciones administrativas o penales, dependiendo de la gravedad del acto.

Ilustración 1Corrupción

Ilustración 1Corrupción

“Pero prescindiendo de este aspecto del problema, y de la posible concurrencia en un mismo supuesto de varias ilicitudes distintas, como, por ejemplo, en el caso de un delito cometido por funcionario público que puede tener consecuencias civiles, penales y administrativas, o en casos bastantes corrientes de otras sanciones administrativas con ulterior sanción penal, la preocupación de la doctrina en torno al llamado Derecho penal administrativo.” (Silva Melero, 1960)

Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos: Establece las responsabilidades y sanciones para los funcionarios públicos ante actos de corrupción y otras infracciones.

  •  Artículos 49 al 64. Establecen las faltas administrativas graves y no graves de los servidores públicos, así como las sanciones aplicables que incluyen desde amonestaciones hasta la destitución e inhabilitación para desempeñar cargos, empleos, funciones o comisiones en el servicio público.
  • Artículos 65 al 73. Se refieren a las sanciones aplicables a particulares que participen en actos vinculados con faltas administrativas graves, incluyendo multas y sanciones económicas.

Código Penal Federal: Contiene artículos específicos que definen delitos cometidos por servidores públicos en el ejercicio de sus funciones.

  • Artículo 222. Define el delito de peculado, sancionando al servidor público que para sí o para otro aproveche o use en cualquier forma, para fines ajenos a su encargo, dinero, valores, bienes o cualquier otra cosa perteneciente al Estado o a una entidad federativa, municipio o demarcación territorial del Distrito Federal, o bien, a cualquier otro ente público.
  • Artículo 222 Bis. Establece las sanciones para el delito de peculado en términos de prisión y multa.
  • Artículo 210. Define el cohecho por parte de los servidores públicos, sancionando a quienes soliciten o reciban, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquier otra dádiva, o acepten una promesa, para hacer o dejar de hacer algo relacionado con sus funciones.

¿Qué es el Derecho Penal Fiscal?

El Derecho Penal Fiscal o Derecho Penal Tributario, por su parte, se encarga de las conductas ilícitas relacionadas con el incumplimiento de las obligaciones fiscales. Esta rama protege los intereses financieros del Estado asegurando la correcta declaración y pago de impuestos y contribuciones. Delitos como la evasión fiscal, el fraude fiscal y la elusión de obligaciones tributarias son algunos de los comportamientos sancionados bajo este marco.

El procedimiento en el ámbito fiscal inicia usualmente con la detección de irregularidades en las declaraciones o pagos tributarios por parte del SAT (Servicio de Administración Tributaria), seguido de una auditoría y, en caso de comprobarse el delito, se procede a la imposición de las sanciones correspondientes.

Ilustración 2 Lavado de dinero

“El derecho penal tributario es el conjunto de normas jurídicas que define los hechos ilícitos en materia tributaria. Pueden ser delitos o simples infracciones. Designa también las sanciones que se imponen a los transgresores. En el Derecho Tributario existe un conjunto de normas sancionatorias que no contienen, simplemente, las sanciones inherentes a la falta de pago de la obligación, sino que tiene por objeto tutelar los bienes y valores a que el Derecho Tributario se consagra por la importancia de carácter social y político que tiene la obligación tributaria. “ (Carlos Felipe, 2024)

Código Fiscal de la Federación: Es el principal regulador de las obligaciones fiscales y sanciones por delitos fiscales, destacando los artículos referentes a la defraudación fiscal y el contrabando.

  • Artículo 79: Señala las conductas consideradas como delitos fiscales, incluyendo la defraudación fiscal.
  • Artículo 108: Define el delito de defraudación fiscal y establece que comete este delito quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores omite total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtiene un beneficio indebido con perjuicio del erario.
  • Artículo 109: Enumera las conductas específicas que se consideran defraudación fiscal, como la alteración de contabilidades, la obtención de devoluciones o beneficios de manera indebida, entre otros.

Código Penal Federal (CPF)

  • Artículo 400 Bis: Define el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, conocido comúnmente como lavado de dinero, que puede estar relacionado con delitos fiscales al ocultar el origen de ingresos no declarados.

Ley Federal contra la Delincuencia Organizada

  • Artículo 2: Describe las actividades consideradas como delincuencia organizada, incluyendo aquellas que puedan vincularse con delitos fiscales cometidos por grupos organizados.

Diferencias Clave

La principal diferencia entre ambos derechos radica en su ámbito de aplicación, mientras que el Derecho Penal Administrativo se enfoca en la protección de la función pública y la integridad de la administración, el Derecho Penal Fiscal se concentra en la salvaguarda de los recursos económicos del Estado a través del cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Además, mientras el Derecho Penal Administrativo abarca una gama más amplia de conductas ilícitas relacionadas con la gestión pública y la administración, el Derecho Penal Fiscal se especializa en delitos contra el sistema tributario.

“Dentro del Derecho penal administrativo, se ha visto también el llamado Derecho penal financiero, y sus sanciones tienen el doble carácter de reacción penal y fiscal, a diferencia de las penas pecuniarias del Derecho penal común. Doble carácter, que se pone de relieve especialmente en aquellas sanciones que consisten en el múltiplo de los daños que las finanzas han podido sufrir, y que solo se convierte a veces en pena privativa de libertad en los supuestos de insolvencia.

Parece evidente en este Derecho penal fiscal, que la sanción se asocia a un daño para el fisco, independientemente de la culpabilidad, con la diferencia del Derecho penal común de que la multa, en este caso se establece entre un mínimum y un máximum independiente de cualquier idea del daño patrimonial, al menos con carácter general, mientras la pena fiscal se funda precisamente. sobre un daño efectivo o hipotético, compensando al fisco del peligro probable, del riesgo sufrido, de la vigilancia ejercida, o de los fraudes no descubiertos, pero en ocasiones en cuantía que puede estimarse leonina. (Silva Melero, 1960)

Conclusión

Entender las diferencias entre el Derecho Penal Administrativo y el Derecho Penal Fiscal es crucial para navegar el sistema legal mexicano con mayor claridad, especialmente para funcionarios públicos, contribuyentes y profesionales del derecho. Aunque ambas ramas buscan proteger intereses públicos fundamentales, sus enfoques, procedimientos y fundamentos legales ofrecen perspectivas únicas sobre cómo se regulan y sancionan las conductas ilícitas en México.

Referencias

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (22 de Junio de 2017). CÓDIGO PENAL FEDERAL. https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/235549/Co_digo_Penal_Federal_22_06_2017.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (12 de Noviembre de 2021). Código Fiscal de la Federación - Cámara de Diputados. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CFF.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (20 de Mayo de 2021). LEY FEDERAL CONTRA LA DELINCUENCIA ORGANIZADA. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFCDO.pdf

Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión. (27 de Diciembre de 2022). LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGRA.pdf

Carlos Felipe. (2024). Derecho penal tributario. https://fc-abogados.com/es/derecho-penal-tributario/

Hurtado Pozo, J. (2015). Compendio de derecho penal económico. https://repositorio.pucp.edu.pe/index/handle/123456789/181505

Lomelí Bejarano, A. K. (Marzo de 1995). DERECHO PENAL - FISCAL. https://ru.dgb.unam.mx/bitstream/20.500.14330/TES01000223485/3/0223485.pdf

Rodríguez Mejía, G. (s.f.). Vista de Infracciones y delitos fiscales. Instituto de Investigaciones Jurídicas UNAM: https://revistas.juridicas.unam.mx/index.php/derecho-comparado/article/view/3326/3821

Silva Melero, V. (1960). El llamado Derecho penal administrativo en las direcciones contemporaneas. https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/2777113.pdf

 

1 comentario:

  1. Muy clara tu redacción y coincido contigo que el derecho penal administrativo es la relación entre el particular y el Estado y a su vez el derecho penal Fiscal consiste en salvaguardar la recaudación del Estado, estableciendo una percepción de riesgo al gobernado.

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